El primer paso es comprobar la fecha de entrega del salón según su contrato y condiciones.
Muchas veces nos hemos encontrado contratos con cláusulas arbitrarias que van en contra de la buena fe del comprador, como por ejemplo que la constructora puede cambiar las condiciones del contrato de forma unilateral.
Además, no hay responsabilidad por retrasos en la entrega; que el comprador tiene conocimiento de las especificaciones de la construcción, las cuales nunca han sido enviadas; Incluso establece que el comprador renuncia a su derecho de reclamación en caso de que no cumpla con los plazos de entrega.
Todas estas cláusulas compromisorias deben ser revisadas porque aún así, como abogados, siempre encontramos la forma legal de que la constructora cumpla con sus compromisos.
Después de leer el contrato, el siguiente paso es pasar una queja por escrito a la empresa constructora y dar un tiempo breve para la respuesta. Si no obtiene una respuesta satisfactoria, el siguiente paso es poner la denuncia en el SERNAC.